Miembros mesas electorales
¿Qué datos refleja el acta de escrutinio?
¿Qué datos refleja el acta de escrutinio?
El acta de escrutinio se extiende con los datos siguientes:
- Número de electores censados.
- Número de certificaciones censales aportadas, distinguiendo entre las certificaciones de alta y las de corrección de errores.
- Número de votantes.
- Número de papeletas nulas.
- Número de votos en blanco.
- Número de votos obtenidos por cada candidatura.
¿Qué debe incluir el sobre número 1? ¿Adónde va dirigido?
¿Qué debe incluir el sobre número 1? ¿Adónde va dirigido?
Dicho sobre debe incluir el expediente electoral, compuesto por:
- Original del acta de constitución de la mesa.
- Original del acta de la sesión.
- Todos los documentos a los que hace referencia el acta de la sesión y, en particular, la lista numerada de votantes y las papeletas a las que se ha negado la validez o que han sido objeto de alguna reclamación.
- La lista del censo electoral utilizada.
- Las certificaciones censales aportadas.
- Talones (copias) de las credenciales de los interventores que han actuado como tales en la mesa.
El presidente de la mesa debe entregar dicho sobre al juez de Primera Instancia de la demarcación, el cual lo trasladará personalmente a la sede de la Junta Electoral de Zona para las elecciones municipales y a La Junta Electoral de la Región de Murcia para las de la comunidad.
¿Qué debe incluir el sobre número 2? ¿Adónde va dirigido?
¿Qué debe incluir el sobre número 2? ¿Adónde va dirigido?
Dicho sobre contiene los documentos siguientes:
- Una copia del acta de constitución de la mesa;
- Una copia del acta de la sesión.
El presidente de la mesa debe entregar dicho sobre al juez de primera instancia de la demarcación para su custodia en el Juzgado.
¿Qué debe incluir el sobre número 3? ¿Adónde va dirigido?
¿Qué debe incluir el sobre número 3? ¿Adónde va dirigido?
Dicho sobre contiene los documentos siguientes:
- Una copia del acta de constitución de la mesa.
- Una copia del acta de la sesión.
Uno de los vocales hace entrega de dicho sobre al funcionario de Correos.
¿Qué elementos son necesarios para la votación?
¿Qué elementos son necesarios para la votación?
Cada mesa electoral debe disponer, al menos, de los elementos siguientes:
- Una urna por mesa para cada una de las elecciones que tienen lugar el domingo 26 de mayo. Las urnas deben estar precintadas. En caso de que se deteriore o se estropee el precinto, el presidente de la mesa debe asegurarse de que la urna está cerrada.
- Una cabina de votación.
- Un número suficiente de sobres y de papeletas de todas las candidaturas que se presenten a la elección, que estarán situados en la cabina o cerca de ella.
En caso de que faltara cualquiera de los elementos indicados en la hora señalada para la constitución de la mesa, el presidente debe comunicarlo de inmediato por teléfono a la Junta Electoral de Zona, para que pueda suministrárselos. Las papeletas y sobres para las elecciones europeas serán de color azul; para las municipales, de color blanco, mientras que los sobres y papeletas para las elecciones a la Asamblea Regional serán de color sepia.
¿Qué es un apoderado?
¿Qué es un apoderado?
Se trata de la persona a quien el representante de cada candidatura otorga poderes para que ostente la representación de la candidatura en los actos y las operaciones electorales.
Los apoderados pueden:
- Acceder libremente a todos los locales electorales en los que esté presente su candidatura, examinar el desarrollo de la votación y del escrutinio en cualquier mesa, formular reclamaciones y protestas y solicitar certificaciones.
- En caso de que no existan interventores de su candidatura, pueden actuar como tales en la mesa, participando en sus deliberaciones con voz y sin voto.
Los apoderados deben identificarse exhibiendo sus credenciales y su documento nacional de identidad a los miembros de la mesa, pero votan en la mesa en la que figuran inscritos en el censo electoral, no en aquella en la que actúan como apoderados.
¿Qué es un interventor?
¿Qué es un interventor?
Es la persona designada por el representante de una candidatura para poder:
- Asistir a la mesa y participar en sus deliberaciones con voz pero sin voto.
- Formular reclamaciones y protestas y solicitar certificaciones ante la mesa.
Sólo tienen funciones en la mesa en la que están acreditados y votan en esa misma mesa. Cuando el interventor no esté inscrito en la circunscripción electoral correspondiente a la mesa en la que vaya a desempeñar sus funciones, ejercerá su derecho de sufragio mediante el voto por correspondencia.
Puede haber dos interventores por cada candidatura nombrados por mesa electoral, con un máximo de 9 interventores por mesa en total.
¿Qué es una mesa electoral?
¿Qué es una mesa electoral?
La mesa electoral es el elemento esencial, la unidad básica de todo proceso electoral y el lugar donde se emite el voto. Los electores son distribuidos por orden alfabético y asignados a una sección electoral.
¿Qué hacer con las copias de las credenciales?
¿Qué hacer con las copias de las credenciales?
Las copias de las credenciales (talones) deben unirse al expediente electoral y, en caso de no haberse recibido, las credenciales aportadas por los interventores deben adjuntarse al expediente.
¿Qué hacer con las copias del acta de escrutinio?
¿Qué hacer con las copias del acta de escrutinio?
Debe colocarse una copia del acta de escrutinio en la entrada del colegio electoral. Además, hay que entregar:
- Una copia por candidatura a los representantes, interventores, apoderados o candidatos que lo soliciten.
- Una copia al representante de la Administración.