Miembros mesas electorales
¿Qué hacer con los sobres del voto por correo?
¿Qué hacer con los sobres del voto por correo?
Una vez ha votado el último elector, el presidente introduce en la urna los sobres que contienen las papeletas de voto por correo, siguiendo los pasos siguientes:
- Comprobar que cada sobre contiene el certificado de inscripción en el censo
- Comprobar que el elector está inscrito en el censo de la mesa
- Introducir el sobre de votación en la urna
- Anotar el elector en la lista numerada de votantes
¿Qué hacer en caso de que a las 10.00 horas no se haya constituido la mesa?
¿Qué hacer en caso de que a las 10.00 horas no se haya constituido la mesa?
Los miembros de la mesa presentes o la autoridad gubernativa deben comunicarlo a la Junta Electoral de Zona, que convocará una nueva votación que tendrá lugar en los días siguientes.
¿Qué hacer en el caso de que una persona no pueda ir el día 26 de mayo al colegio electoral para formar parte de la mesa?
¿Qué hacer en el caso de que una persona no pueda ir el día 26 de mayo al colegio electoral para formar parte de la mesa?
En caso de no poder asistir a las 8.00 horas del día 26 de mayo, por causa justificada, debe avisar con la máxima antelación posible a la Junta Electoral de Zona correspondiente. En caso de no existir causa justificada, el hecho de no acudir a la mesa constituye un delito sancionado con pena de arresto mayor y multa.
¿Qué orden se sigue en la mesa para el recuento de votos?
¿Qué orden se sigue en la mesa para el recuento de votos?
El próximo día 26 de mayo, el escrutinoo se desarrolla de la siguiente forma: en primer lugar se cuentan los votos para las elecciones europeas; a continuación, las municipales y, finalmente, las autonómicas.
¿Qué plazo tienen las Juntas Electorales de Zona para resolver las excusas alegadas?
¿Qué plazo tienen las Juntas Electorales de Zona para resolver las excusas alegadas?
Cinco días desde la presentación de las alegaciones.
Una vez resueltas las alegaciones para la Junta Electoral de Zona, se pueden producir dos situaciones:
- En el caso de haber desestimado la excusa alegada, la Junta Electoral de Zona notificará definitivamente el nombramiento al miembro de mesa.
- En el caso de admitirla, se excusará a la persona del cargo, se le notificará y se designará a otro miembro de mesa, a quien se emitirá la correspondiente notificación.
Contra la decisión de la Junta Electoral de Zona no cabe recurso.
¿Quién firma el acta de constitución de la mesa?
¿Quién firma el acta de constitución de la mesa?
El presidente de la mesa, los dos vocales y los interventores de las candidaturas deben firmar el acta de constitución de le mesa.
¿Quién firma el acta de escrutinio?
¿Quién firma el acta de escrutinio?
En el acta de escrutinio deben constar las firmas del presidente de la mesa, de los dos vocales y de los interventores de las candidaturas.
¿Quién firma el acta de la sesión?
¿Quién firma el acta de la sesión?
El presidente de la mesa, los dos vocales y los interventores de la candidatura.
¿Quién puede entrar en los locales electorales?
¿Quién puede entrar en los locales electorales?
Sólo tienen derecho a entrar en el colegio electoral, además de los electores:
- Los representantes de las candidaturas
- Los candidatos
- Los apoderados y los interventores
- Los notarios
- Los agentes de la autoridad requeridos por el presidente
- Los jueces de instrucción y sus delegados
- Representantes de la Administración
- Las personas que deben prestar asistencia a los electores, si lo requieren.
Los accesos al local deben permanecer completamente libres y accesibles para las personas que tienen derecho a entrar en éstos.
¿Quién tiene derecho a una copia del acta de escrutinio de la mesa?
¿Quién tiene derecho a una copia del acta de escrutinio de la mesa?
El presidente está obligado a dar una sola copia del acta de constitución de la mesa a cada partido, federación, coalición o agrupación concurrentes a las elecciones.