¿De qué plazo se dispone para alegar excusas como miembro de mesa?

El plazo para alegar ante la Junta Electoral de Zona correspondiente es de siete días desde la fecha de recepción de la notificación.



¿Qué hacer con las copias del acta de escrutinio?

Debe colocarse una copia del acta de escrutinio en la entrada del colegio electoral. Además, hay que entregar:

  • Una copia por candidatura a los representantes, interventores, apoderados o candidatos que lo soliciten.
  • Una copia al representante de la Administración.


¿Cuántas personas pueden votar en una mesa electoral?

En una mesa, pueden votar un mínimo de 500 electores y un máximo de 2.000. 



¿Cuál es la mecánica de la votación?

El procedimiento para la votación es el siguiente:

  • Los electores deben acercarse a la mesa uno por uno
  • Cada elector debe decir su nombre y apellidos al presidente
  • Los vocales y los interventores deben comprobar la identidad del elector, que debe presentar un documento acreditativo de su identidad (DNI, pasaporte o permiso de conducir, en que aparezca la fotografía del titular; tratándose de extranjeros, con la tarjeta de residencia) y comprobar que el elector esté inscrito en la lista del censo electoral
  • El elector debe entregar de su propia mano al presidente el sobre o sobres de votación según quiera participar en todas o en parte de las tres elecciones que se celebran el día 26 de mayo. La votación deberá realizarse simultáneamente en caso de que se quiera ejercer el derecho en dos o tres elecciones, no siendo posible votar primero en una o unas y acudir posteriormente para votar en otra u otras.
  • El presidente, sin ocultar los sobres ni un momento a la vista del público, dirá en voz alta el nombre del elector y, añadiendo "Vota", entregará el sobre o sobres al elector quien los depositará en la urna o urnas.
  • Se anotará al elector en la lista numerada.


¿Qué datos incluye el acta de la sesión?

En el acta de la sesión, debe indicarse detalladamente:

  • Número de electores censados.
  • Número de certificaciones censales aportadas, distinguiendo entre las certificaciones de alta y las de corrección de errores.
  • Número de electores de la mesa que han votado.
  • Número de interventores no censados en la mesa que ha votado.
  • Número de papeletas nulas.
  • Número de votos en blanco.
  • Número de votos obtenidos por cada candidatura.